Art. 2
En vigor desde 26 sept 2007
Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión Nacional se estructurará en los siguientes órganos:
a) El Presidente.
b) El Pleno.
c) El Comité Ejecutivo.
d) El Embajador Extraordinario y Plenipotenciario para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas.
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 1258/2007, de 21 de septiembre. Ref. BOE-A-2007-16826 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/05/04/595#art-2