Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 1 jun 1997
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto y expresamente el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 6 de abril de 1983, por la que se dictan normas a efectos del control de la incapacidad temporal en el sistema de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rd/1997/04/18/575#disposicion-derogatoria-unica