Título TÍTULO II
Art. 25
En vigor desde 30 jun 2011
Se encuentran en tránsito aeroportuario aquellos extranjeros habilitados para permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional, durante las escalas o enlaces de vuelos.
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Proeli/es/rd/2011/04/20/557#art-25