Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 21

En vigor desde 2 feb 2023
Las funciones de apoyo administrativo, técnico y jurídico del Comité, de la Comisión Permanente, de la Oficina de Integridad Científica de España y de la Comisión Nacional de Ética de la Investigación Científica y Técnica serán desempeñadas por los servicios que designe la Secretaría General Técnica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
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eli/es/rd/2023/01/31/53#art-21

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