Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 23 may 2024
Los órganos colegiados dependientes del Ministerio de Trabajo y Economía Social continuarán realizando sus funciones, en tanto no se aprueben las nuevas normas reguladoras adaptadas a lo dispuesto en este real decreto.
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eli/es/rd/2024/05/21/502#disposicion-transitoria-segunda

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