Libro REGLAMENTO DE LA LEY 23/1982, DE 16 DE JUNIO, REGULADORA DEL PATRIMONIO NACIONAL›Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 65
En vigor desde 8 abr 2026
1. El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional se estructura en órganos de gobierno y ejecutivos.
2. Los órganos de gobierno del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional son los siguientes:
a) El Consejo de Administración, que actuará como órgano colegiado de gobierno.
b) La Presidencia, con rango de Subsecretaría.
3. La Gerencia es el máximo órgano ejecutivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, con rango de Dirección General.
Se modifica por el art. único.9 del Real Decreto 261/2026, de 1 de abril. Ref. BOE-A-2026-7823
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1987/03/18/496#art-65