Libro TRATADO PRIMERO›Título TÍTULO III›Secc. De los Mandos de las Unidades de Fuerzas Aéreas›§ Del Jefe de Escuadrilla
Art. 71
DerogadoEn vigor desde 1 abr 1984
Vigilará que el material de vuelo y en su caso, el equipo auxiliar que se asigne a su Unidad, se encuentran en perfecto estado y la documentación en regla.
Comprobará que las inspecciones reglamentarias que competen al personal de su Escuadrilla y el abastecimiento y carga de armamento y material, cuando corresponda se llevan a cabo de acuerdo con lo establecido.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-71