Art. 3

En vigor desde 22 jul 2025
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, se aprueban las cinco estrategias marinas del segundo ciclo: a) Estrategia marina de la demarcación marina noratlántica. b) Estrategia marina de la demarcación marina sudatlántica. c) Estrategia marina de la demarcación marina del Estrecho y Alborán. d) Estrategia marina de la demarcación marina levantino-balear. e) Estrategia marina de la demarcación marina canaria. 2. La estructura formal de las estrategias marinas que resultan aprobadas consta de los siguientes documentos: a) Documento Marco. b) Parte I. Marco general. c) Parte II. Análisis de presiones e impactos (dos documentos: el análisis de las presiones y un anexo detallado con las fichas detalladas de cada presión analizada). d) Parte III. Análisis económico y social (dos documentos: uno general que incluye la caracterización de las actividades humanas y el análisis económico y social y un anexo detallado con las fichas detalladas de la caracterización de cada actividad humana). e) Parte IV. Evaluación del estado del medio marino y definición del buen estado ambiental (dos documentos: el análisis del estado y un anexo detallado con las fichas de cada evaluación y definición del buen estado ambiental para cada descriptor). f) Parte V. Objetivos ambientales. g) Parte VI. Estrategias y programas de seguimiento. h) Parte VII. Programa de medidas. El documento marco explica los aspectos generales sobre la evaluación inicial, la definición del buen estado ambiental y los objetivos ambientales que son comunes para las cinco demarcaciones marinas. Las partes I a V constituyen documentos independientes por cada una de las cinco demarcaciones marinas. En el caso de las partes VI y VII, constituyen documentos comunes a las cinco demarcaciones, dentro de los cuales se detallan a qué demarcaciones marinas aplica cada programa de seguimiento y cada medida. 3. Las partes I a IV, así como el documento marco, comprenden la actualización de la evaluación del medio marino, incluyendo el análisis de presiones y el análisis socioeconómico, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre. 4. La parte IV incluye la actualización de la definición del buen estado ambiental, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre. 5. La parte V comprende la actualización de los objetivos ambientales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, y los documentos incluyen un análisis del grado de consecución de los objetivos ambientales del primer ciclo y una detallada explicación del proceso de actualización. Los objetivos ambientales de segundo ciclo fueron aprobados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de junio de 2019, por el que se aprueban los objetivos ambientales del segundo ciclo de las estrategias marinas españolas. 6. La parte VI comprende la actualización de los programas de seguimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre. Esta actualización implica un cambio de estructura con respecto al primer ciclo, quedando los programas de seguimiento enmarcados en estrategias de seguimiento temáticas. 7. La parte VII comprende el programa de medidas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre. El programa de medidas de las estrategias marinas comprende un conjunto de medidas categorizadas como existentes o nuevas, siguiendo el sistema de clasificación requerido por la Comisión Europea, que se explica detalladamente en la memoria del programa de medidas del segundo ciclo de estrategias marinas. La relación de las medidas nuevas actualmente vigentes, reportadas a la Comisión Europea en 2022 como resultado de la actualización sexenal a la que hace referencia el artículo 20 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, se incluye en la parte I del anexo del presente real decreto, diferenciándose entre las medidas nuevas del primer ciclo que se mantienen (parte I.A) y las medidas nuevas del segundo ciclo (parte I.B). Además, el anexo incluye las medidas nuevas del primer ciclo que se han dado por finalizadas (parte II del anexo) y descartadas (parte III del anexo). La memoria del programa de medidas y las fichas con información detallada de cada una de las medidas, así como los documentos del resto de fases del segundo ciclo de las estrategias marinas, están disponibles en la sección de estrategias marinas del portal de internet del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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eli/es/rd/2025/06/17/486#art-3

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