Art. Disposición final

En vigor desde 20 may 1990
El presente Real Decreto entrará en vigor a partir de los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 99, de 25 de abril de 1990. Ref. BOE-A-1990-9528 .
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eli/es/rd/1990/03/30/484#disposicion-final

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