Art. Primero

En vigor desde 11 feb 2023
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.6 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa para el tercer ciclo (2022-2027) tal como fue aprobado inicialmente por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del 19 de mayo de 2022. 2. El ámbito territorial del plan hidrológico coincide con el de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 4/2010, de 4 de noviembre, de Aguas de Galicia, de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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eli/es/rd/2023/01/24/48#primero

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