Art. Preambulo

En vigor desde 10 abr 1987
La Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, define un nuevo sistema de atribución de competencias en materia de relaciones de puestos de trabajo y retribuciones de personal, basado en la colaboración entre el Ministerio para las Administraciones Públicas y el Ministerio de Economía y Hacienda; Para hacer operativo este sistema de competencias compartidas, se hace preciso un Órgano de carácter interministerial, con intervención de los Departamentos a los que conciernan los temas que se planteen, en cuyo seno se aúnen los criterios existentes a fin de elaborar las propuestas conjuntas de ambos Ministerios y resolver las que se eleven a su consideración, creando, asimismo, una Comisión ejecutiva con el objeto de agilizar al máximo el funcionamiento de dicho Órgano; Simultáneamente, es conveniente crear los correspondientes Órganos de ámbito ministerial que, fundamentalmente, estudien y eleven las oportunas propuestas al citado Órgano Interministerial o a su Comisión Ejecutiva, En su virtud, a propuesta de los Ministros pan las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 1987, DISPONGO:
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eli/es/rd/1987/04/03/469#preambulo-preambulo

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