Art. 6
En vigor desde 17 jun 2015
De acuerdo con lo señalado en el artículo 15 de la Ley 9/2014, General de Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia conocerá de los conflictos en relación con el acceso mayorista a las redes de banda ancha que hayan sido objeto de ayuda.
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Proeli/es/rd/2015/06/05/462#art-6