Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 6 jun 2026
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución.
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eli/es/rd/2026/06/03/452#disposicion-final-tercera

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