Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Sistema Nacional de Información y bases de datos de las razas

Art. 12

En vigor desde 2 mar 2019
El Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA), para el conocimiento y la gestión de las razas, estará adscrito a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la colaboración y participación de las comunidades autónomas y las asociaciones de criadores, para su uso compartido y se constituye en una aplicación informática con tecnología internet/intranet que incluye una base de datos informatizada, conteniendo datos a efectos divulgativos, estadísticos y de seguimiento, relativos como mínimo a: a) Asociaciones de criadores, incluido el link a su página web y usuarios del sistema. b) Catálogo de Razas, con sus características, clasificación y reglamentaciones. c) Programa de cría, con explotaciones, datos del libro genealógico e información de los programas de mejora y en su caso, control de rendimientos. d) Programas de difusión de la mejora y certámenes ganaderos. e) Relación actualizada de los centros de reproducción autorizados en el ámbito europeo y nacional (acogidos a excepciones) y bancos de germoplasma, con información del material genético producido y/o almacenado. f) Listado e información de Centros cualificados de genética y registro e información de Laboratorios de genética molecular animal. g) Listado e información de los Centros de referencia designados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. h) Información del uso del Logotipo de Raza Autóctona y sus pliegos de condiciones. i) Publicaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y documentación de interés, así como los procedimientos y especificaciones técnicas aprobadas en el seno de la Comisión Nacional de Zootecnia para la mejor aplicación del Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016. j) Información sobre el Plan Coordinado de Control Oficial en materia de zootecnia. k) Herramientas de comunicación con otros sistemas y bases de datos. l) Utilidades para los usuarios.
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eli/es/rd/2019/02/08/45#art-12

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