Art. Disposición final primera

En vigor desde 2 may 2024
Este real decreto y el esquema que aprueba se dictan al amparo de lo previsto en el artículo 149.1. 21.ª y en el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado, respectivamente, competencia exclusiva en materia de régimen general de telecomunicaciones y en materia de seguridad pública.
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eli/es/rd/2024/04/30/443#disposicion-final-primera

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