Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo›§ Subsección 4.ª Servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local
Art. 33
En vigor desde 2 may 2024
El servicio de asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo consistirá en el acompañamiento a las personas usuarias, de manera presencial o a través de medios electrónicos y contará, al menos, con las siguientes actividades:
a) Analizar las necesidades de la persona usuaria para identificar la información requerida.
b) Dar respuesta a la persona usuaria, presencial y/o telemáticamente, sobre la información requerida, ofreciendo apoyo a la tramitación de las ayudas si lo solicita.
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Proeli/es/rd/2024/04/30/438#art-33