Art. Disposición adicional única
En vigor desde 30 may 2002
El presente Real Decreto se adopta en desarrollo de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y tiene la condición de norma básica en el sentido previsto en el artículo 149.1,16.ª de la Constitución, sobre bases y coordinación general de la sanidad.
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Proeli/es/rd/2002/05/10/437#disposicion-adicional-unica