Capítulo Capítulo II
Art. 3
En vigor desde 24 may 1993
1. Corresponde a la Agencia de Protección de Datos ejercer las funciones que le atribuye el artículo 36 de la Ley Orgánica 5/1992.
2. A este efecto la Agencia de Protección de Datos podrá dirigirse directamente a los titulares y responsables de cualesquiera ficheros de datos de carácter personal.
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Proeli/es/rd/1993/03/26/428#art-3