Título TÍTULO V
Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 jul 2018
Este Reglamento se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución, que atribuye competencia exclusiva al Estado en materia de hacienda general.
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Proeli/es/rd/2017/04/28/424#disposicion-final-primera