Art. 1

En vigor desde 31 mar 1987
1. Se crea la Orden Civil del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, para premiar a las personas que hayan prestado servicios eminentes o hayan tenido destacada actuación en favor de los sectores agrario, pesquero y alimentario, en cualquiera de sus manifestaciones. 2. La orden se dividirá en tres secciones, que se denominaran «Mérito Agrario», «Mérito Pesquero» y «Mérito Alimentario».
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eli/es/rd/1987/02/27/421#art-1

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