Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 19 jun 2018
De conformidad con lo previsto en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, no será preciso que los titulares de las Direcciones Generales que se relacionan a continuación ostenten la condición de funcionario, en atención a las características específicas de las Direcciones Generales: a) Dirección General de Información Nacional. b) Dirección General de Comunicación. c) Dirección General de Información Internacional.
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eli/es/rd/2018/06/18/419#disposicion-adicional-tercera

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