Art. 11

En vigor desde 19 jun 2018
1. Bajo la dependencia directa del Presidente del Gobierno existirá un Alto Comisionado para la Agenda 2030, con rango de Subsecretario, que se encargará de la coordinación de actuaciones para el cumplimiento de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas y, en particular, llevará a cabo las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento de las actuaciones de los órganos competentes de la Administración General del Estado para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible y la Agenda 2030. b) Impulsar la elaboración y desarrollo de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento por España de la Agenda 2030. c) Evaluar, verificar y difundir el grado de avance en el cumplimiento de los objetivos de la Agenda 2030. d) Colaborar con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la interlocución internacional de España en materia de implantación global de la Agenda 2030. e) Impulsar la elaboración de los sistemas de información y estadística necesarios para acreditar los avances en la consecución de los objetivos de la Agenda 2030. 2. Con funciones de apoyo técnico al Alto Comisionado, se crea en el Gabinete del Presidente del Gobierno la Oficina del Alto Comisionado para la Agenda 2030, cuyo titular tendrá rango de Director General. Redactado el apartado 1.d) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 168, de 12 de julio de 2018. Ref. BOE-A-2018-9703
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eli/es/rd/2018/06/18/419#art-11

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