Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 18 jun 2026
El plazo para la aprobación y publicación de la primera versión de las instrucciones normativas y directrices metodológicas de carácter no normativo a que se refiere el artículo 22 de este real decreto será de un año desde su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/05/27/415#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil