Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 27 feb 2020
1. El Ministerio de Ciencia e Innovación estará presente tanto en el Consejo de Universidades como en la Conferencia General de Política Universitaria. A estos efectos, la persona titular de dicho departamento designará para cada uno de estos órganos un representante con rango mínimo de Subdirector General.
De igual manera, el Ministerio de Ciencia e Innovación estará presente tanto en la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación como en el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación y en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, designándose por la persona titular de dicho departamento un representante para cada uno de estos organismos públicos, con rango mínimo de Subdirector General.
2. El Ministerio de Universidades estará presente tanto en la Agencia Estatal de Investigación como en el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y en el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en el Comité Español de Ética en la Investigación y en el Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación», designándose por la persona titular de dicho departamento un representante para cada uno de estos órganos, con rango mínimo de Subdirector General.
3. Cada uno de estos ministerios participará en la elaboración y tramitación de las normas legales y reglamentarias que afecten a sus respectivos ámbitos de competencia.
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Proeli/es/rd/2020/02/25/404#disposicion-adicional-sexta