Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 9 abr 1996
A la entrada en vigor del presente Real Decreto quedará derogada cualquier disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en el mismo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1996/03/01/400#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil