Art. Disposición final segunda

En vigor desde 25 oct 2016
El Plan Director de la Red de Parques Nacionales tendrá una vigencia máxima de diez años y en su revisión se seguirá el procedimiento recogido en el artículo 19.3 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/10/22/389#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil