Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.a De la asistencia sanitaria y prestación farmacéutica

Art. 6

En vigor desde 18 mar 1984
Los servicios a los que se refiere la presente sección se prestarán con idéntica extensión que los de asistencia sanitaria y farmacéutica por enfermedad común, accidente no laboral y maternidad del régimen general de la Seguridad Social. No obstante, en la prestación farmacéutica, la dispensación de medicamentos será gratuita para los beneficiarios.
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eli/es/rd/1984/02/01/383#art-6

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