Capítulo CAPÍTULO III
Art. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
En vigor desde 23 mar 1980
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados el Decreto mil cuatrocientos dieciocho/mil novecientos setenta y tres, de diez de mayo, sin perjuicio de la subsistencia del Registro de Empresas dedicadas a la Industria Farmacéutica, y el Real Decreto tres mil quinientos seis/mil novecientos setenta y siete, de dieciséis de diciembre, así como cuantas disposiciones del mismo o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente Real Decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1980/02/22/380#disposicion-derogatoria