Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ 7 «Almacenamiento de líquidos tóxicos»Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Instalaciones para carga y descarga o transvase

Art. 22

En vigor desde 10 ago 2001
Se consideran instalaciones de carga y descarga aquellos lugares en los que se efectúan las operaciones siguientes: a) Transvase entre unidades de transporte y los almacenamientos o viceversa. b) Transvase entre unidades de transporte y las instalaciones de proceso. c) Transvase entre recipientes, móviles o fijos.
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eli/es/rd/2001/04/06/379#art-22-4

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