Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ-6 «Almacenamiento de líquidos corrosivos»Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Instalaciones para carga y descarga

Art. 19

En vigor desde 10 ago 2001
Se consideran estaciones de carga y descarga aquellos lugares en los que se efectúan las operaciones siguientes: a) Trasvase entre unidades de transporte y los almacenamientos o viceversa. b) Trasvase entre unidades de transporte y las instalaciones de proceso o viceversa. c) Trasvase entre instalaciones de proceso o de almacenamiento y recipientes móviles.
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eli/es/rd/2001/04/06/379#art-19-3

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