Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 18 feb 2014
El presente real decreto se dicta en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, hecho en Londres el 7 de julio de 1995. (STCW-F 1995).
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Proeli/es/rd/2014/01/24/36#disposicion-final-segunda