Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 jul 2024
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2024/04/02/355#disposicion-final-segunda

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