Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 22 may 2013
De la aplicación del presente real decreto no podrá derivarse ningún incremento de gasto de personal. Las nuevas necesidades de recursos humanos que en su caso, pudieran surgir como consecuencia de las obligaciones normativas en él contempladas, deberán ser atendidas mediante la reordenación o redistribución de efectivos.
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Proeli/es/rd/2013/05/17/354#disposicion-adicional-quinta