Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 43

En vigor desde 21 feb 1979
En terrenos incluidos en un Programa de Actuación Urbanística, en tanto no se apruebe el correspondiente Plan Parcial, serán de aplicación las previsiones establecidas en el artículo anterior.
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eli/es/rd/1978/08/25/3288#art-43

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