Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Aprobación de procedimientos civiles de vuelo

Art. 21

En vigor desde 6 may 2022
Los procedimientos civiles de vuelo establecidos en esta sección y en sus actos de aplicación sólo producirán efectos una vez se hayan publicado en AIP, excepto cuando la normativa europea de aplicación indique cualquier otro medio.
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eli/es/rd/2022/05/03/310#art-21

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