Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional décimosegunda

En vigor desde 21 jul 2023
Las comisiones de control de los planes de pensiones de empleo y asociados, así como las comisiones de control de los fondos de pensiones podrán reunirse de forma presencial o telemática. Se añade por el art. único.52 del Real Decreto 668/2023, de 18 de julio. Ref. BOE-A-2023-16728

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eli/es/rd/2004/02/20/304#disposicion-adicional-decimosegunda

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