Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 25 feb 2004
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el reglamento que se aprueba por este real decreto y, en particular, las siguientes: a) El Real Decreto 2022/1986, de 29 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria única. b) La Orden de 28 de noviembre de 1986, por la que se desarrolla el Real Decreto 2022/1986, de 29 de agosto, que aprueba el reglamento de riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes.
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eli/es/rd/2004/02/20/300#disposicion-derogatoria-unica

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