Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIICapítulo DEL MANDO DE COMPAÑÍA, ESCUADRÓN O BATERÍA

Art. 62

Derogado
En vigor desde 1 ene 1984
Será responsable de que todos los componentes de la Unidad cumplan puntualmente las normas de régimen interior y, en particular, asistan a los actos ordenados, respeten el horario y presten las guardias que les correspondan.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-62

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