Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIICapítulo DEL MANDO DE COMPAÑÍA, ESCUADRÓN O BATERÍA

Art. 54

Derogado
En vigor desde 1 ene 1984
Dirigirá con sus Oficiales y Suboficiales la instrucción de la tropa, tanto la de tipo general correspondiente a todo soldado y combatiente como la específica que permita obtener a cada uno la cualificación necesaria para rendir satisfactoriamente en el puesto que tenga asignado. Como responsable directo del adiestramiento de su Unidad se preocupará del encaje perfecto de todos sus elementos en la tarea común. Cumplirá los programas establecidos, manteniendo informado a su Jefe de Batallón o Grupo de los resultados alcanzados y proponiéndole las posibles mejoras.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-54

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