Libro TRATADO TERCERO›Título TÍTULO XIII›Capítulo DE LAS PRESENTACIONES Y VISITAS
Art. 307
En vigor desde 1 ene 1984
Los oficiales generales solicitarán audiencia ante Su Majestad el Rey y el Ministro de Defensa, cuando sean promovidos a cada uno de los empleos de general y al hacerse cargo de los sucesivos destinos que se les confieran. Los tenientes generales también lo harán, en las mismas circunstancias, ante el Presidente del Gobierno.
Los Coroneles que sean designados para el mando de Unidad o Centro solicitarán audiencia ante Su Majestad el Rey y el Ministro de Defensa al hacerse cargo del mismo.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-307