Libro REGLAMENTO DE AYUDAS Y RESARCIMIENTOS A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS DE TERRORISMO›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 37
En vigor desde 18 mar 2003
1. Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación siguiente:
a) Fotocopia cotejada del documento nacional de identidad-número de identificación fiscal (DNI/NIF) de la persona que ostente la representación de la entidad o poder suficiente para ello.
b) Copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad, en los que habrá de constar su ámbito territorial y la inexistencia de ánimo de lucro en sus fines.
c) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro administrativo correspondiente.
d) Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
e) Declaración expedida por el representante legal de la entidad, en la que se haga constar la relación nominal de los miembros componentes de sus órganos ejecutivos y de dirección en el momento de la solicitud, así como su fecha de nombramiento y forma de elección.
f) Memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante, así como otra memoria para cada uno de los programas o actividades para los que se solicita subvención. Dichas memorias se formalizarán en los modelos que como anexos se acompañen a la orden de la convocatoria, teniendo en cuenta que los datos no cumplimentados en los modelos de memorias, así como los requisitos de los programas que no queden acreditados, no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de su valoración. Dichos anexos, debidamente firmados por el representante legal de la entidad, servirán de certificación de la veracidad de los datos que en ellos se contienen.
g) Acreditación de los requisitos previstos en el artículo 34.2 de este reglamento.
h) Los demás documentos exigidos en la correspondiente convocatoria.
2. No será necesario acompañar los documentos exigidos cuando éstos no hayan sufrido modificación y estuvieran en poder del centro directivo convocante, siempre que se haga constar por escrito la fecha en que fueron presentados y el procedimiento del que formen parte. En este supuesto, se aportará declaración expresa del representante de la entidad justificativo de no haber variación alguna con respecto a los documentos anteriores.
3. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en las memorias o en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la denegación de la subvención solicitada, sin perjuicio de las restantes responsabilidades que pudieran derivarse.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/03/07/288#art-37