Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Normas de comercialización y sistema de certificación del lúpulo y productos del lúpulo§ Subsección 1.ª Sistema de certificación de lúpulo

Art. 11

En vigor desde 3 nov 2024
Las indicaciones que aparecen en cada embalaje precintado y el certificado que acompaña al producto constituirán la prueba de certificación. Se modifica por el art. único.13 del Real Decreto 1058/2024, de 15 de octubre. Ref. BOE-A-2024-22668

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eli/es/rd/2019/04/22/284#art-11

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