Art. 1

En vigor desde 25 mar 2017
1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de: a) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa, de formación profesional y de universidades. b) La promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los archivos y bibliotecas estatales, y la promoción y difusión de la cultura en español. c) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deporte. Asimismo, le corresponde a este Departamento el impulso de las acciones de cooperación y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de educación, cultura y deporte. 2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, bajo la superior dirección del titular del Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes: a) La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades. b) La Secretaría de Estado de Cultura. c) La Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte. 3. El Consejo Superior de Deportes, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, cuyo Presidente tiene rango de Secretario de Estado, ejercerá las competencias que le atribuyen la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico. 4. Como órgano de apoyo político y técnico al Ministro existe un Gabinete, con nivel orgánico de Dirección General, con la estructura que fija el artículo 14.2 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales. 5. Son órganos colegiados de asesoramiento o participación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en las materias de educación y universidades, los siguientes: a) El Consejo Escolar del Estado, que se relaciona con el Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y que ejercerá las funciones que le atribuyen el artículo 32 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y el Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, que regula el Consejo Escolar del Estado. b) El Consejo de Universidades, que se relaciona con el Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades, y que ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 28 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. c) El Consejo de Estudiantes Universitario del Estado, que se relaciona con el Ministerio a través de la Secretaría General de Universidades, y que ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 46.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. d) El Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, que se relaciona con el Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y que ejercerá las funciones que le atribuyen el artículo 45 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el artículo 4 del Real Decreto 365/2007, de 16 de marzo, por el que se regula el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas. e) El Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar, que se relaciona con el Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y que ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 2 del Real Decreto 275/2007, de 23 de febrero, por el que se crea el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar. 6. El Instituto de España y las Reales Academias y Academias de ámbito nacional se relacionan administrativamente con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 7. La Universidad Nacional de Educación a Distancia se relaciona administrativamente con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Secretaría General de Universidades.
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eli/es/rd/2017/03/24/284#art-1

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