Art. Preambulo
En vigor desde 6 abr 2002
La importancia social y económica del sector marítimo, así como de las actividades con él relacionadas, aconsejan el reconocimiento público de aquellos actos o conductas que de manera relevante hayan contribuido a la promoción y desarrollo de este sector. A tal efecto, se crean la Medalla y la Placa al Mérito de la Marina Mercante para distinguir los servicios extraordinarios de aquellas personas, organismos, empresas o instituciones, de carácter público o privado, nacionales o extranjeras, que dediquen su actividad o se hayan destacado de forma relevante por sus actuaciones o aportaciones al sector marítimo, en reconocimiento y como medio de fomento de dichas actividades.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de marzo de 2002,
DISPONGO:
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Proeli/es/rd/2002/03/22/283#preambulo-preambulo