Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª De las solicitudes de anotación preventiva
Art. 17
En vigor desde 17 abr 2003
El procedimiento para practicar la anotación y para su cancelación, así como los plazos de caducidad de las anotaciones preventivas, se regirán por lo establecido en la legislación hipotecaria en cuanto sea compatible.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/03/07/281#art-17