Art. Artículo duodécimo

En vigor desde 17 dic 1976
Los Departamentos y Secretaría General podrán estructurarse en Secciones, y éstas, y el Gabinete Técnico en las Unidades Orgánicas inferiores que se precisen para su mejor funcionamiento.
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eli/es/rd/1976/10/30/2714#articulo-duodecimo

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