Art. Disposición final primera

En vigor desde 12 jun 2016
Se autoriza al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a modificar los criterios de selección señalados en el anexo III, previo informe del Comité de Seguimiento del Programa. Se autoriza al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a dictar cuantas otras disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto, así como para la modificación y adaptación de las bases reguladoras resultante del seguimiento de la ejecución del régimen de ayudas, por motivos de complejidad técnica o para optimizar el cumplimiento de las finalidades propuestas en la norma matriz, en particular los anexos y los plazos y criterios de selección contenidos en esta norma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/06/10/253#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil