Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Materiales de referencia
Art. 24
En vigor desde 8 jun 2016
Superada la evaluación de la conformidad de un material de referencia, objeto de esta sección, se hará constar la conformidad del material para efectuar su función, adhiriéndole una etiqueta en un lugar visible del envase que deberá reunir las características y requisitos que se establezcan en su regulación específica. Se emitirá asimismo el correspondiente certificado de conformidad.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2016/06/03/244#art-24