Libro REGLAMENTO SOBRE MERCADOS DE COMUNICACIONES ELECTRONICAS, ACCESO A LAS REDES Y NUMERACIONTítulo TITULO IVCapítulo CAPITULO V

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 31 dic 2004
A los efectos de este reglamento, los términos definidos en el anexo I tendrán el significado que allí se les asigna.
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eli/es/rd/2004/12/10/2296#disposicion-adicional-cuarta

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