Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 9 ago 1983
A los efectos del presente Ordenamiento, los actos oficiales se clasifican en: a) Actos de carácter general, que son todos aquellos que se organicen por la Corona, Gobierno o la Administración del Estado, Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos nacionales, de las autonomías, provinciales o locales. b) Actos de carácter especial, que son los organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos propios del ámbito especifico de sus respectivos servicios, funciones y actividades.
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eli/es/rd/1983/08/04/2099#art-3

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